Ministerio de Cultura y Educación
Universidad Nacional de San Luis
Facultad de Ciencias Humanas
Departamento: Educacion y Formacion Docente
Área: Formación Básica II
(Programa del año 2006)
I - Oferta Académica
Materia Carrera Plan Año Periodo
DEONTOLOGIA PROFESIONAL LIC.EN PSICOLOGIA 4/96 4 1c
II - Equipo Docente
Docente Función Cargo Dedicación
SANZ FERRAMOLA, RAMON ALEJANDR Prof. Responsable P.ASO EXC 40 Hs
FERRERO, MARCELA ANDREA Auxiliar de Práctico A.1RA EXC 40 Hs
III - Características del Curso
Credito Horario Semanal Tipificación Duración
Teórico/Práctico Teóricas Prácticas de Aula Práct. de lab/ camp/ Resid/ PIP, etc. Total A - Teoria con prácticas de aula y campo Desde Hasta Cantidad de Semanas Cantidad en Horas
Periodo
50 Hs. 0 Hs. 0 Hs. 0 Hs.  Hs. 2 Cuatrimestre 07/08/2006 10/11/2006 15 50
IV - Fundamentación
La presente asignatura brinda a los/as alumnos/as el conocimiento necesario para un ejercicio responsable de su profesión, desde el punto de vista ético. La misma está concebida dentro de la currícula del estudiante de psicología, a una altura de la carrera en la cual el/la alumno/a adquiere competencias con respecto a su futuro rol profesional a partir de haber transitado materias directamente vinculadas con el ejercicio profesional. En tal sentido, es una asignatura que debe brindar los conocimientos que posibiliten:a) Una mirada crítica y reflexiva sobre la “condición de psicólogo”, necesariamente asentada sobre una escala axiológica subjetiva que determina decisiones y acciones que atañen a otros sujetos, y que por lo tanto, requieren de la responsabilidad subjetiva para la acción en el mundo (objetividad/universalidad).b) Un desenvolvimiento, ya en el curso de las materias más propiamente aplicadas, de aquellas normativas básicas que regulan el ejercicio profesional de la psicología; En ese sentido, los aspectos deontológicos y éticos desarrollados a lo largo de la asignatura, dan cuenta de la doble vertiente de la psicología, en un todo de acuerdo con los fundamentos de la Licenciatura en Psicología, donde se hace explícita “la consideración de la psicología tanto como una ciencia como una profesión”, (Ordenanza 04/96, Anexo I). Por ello el recorrido trazado incluye reflexiones éticas y pautas deontológicas que regulan tanto los distintos campos de aplicación profesional, como el ámbito docente y la tarea de investigación en psicología, en particular aquellos valores y normas vinculados con la tarea de investigación con seres humanos, acorde al consenso alcanzado por organismos internacionales. Así, los fundamentos curriculares de la asignatura, se apoyan en algunos de los objetivos delineados por el Plan de estudio de la Licenciatura en Psicología, en su conjunto: “observar en su ejercicio profesional y en su práctica investigativa los principios éticos y deontológicos que establezca la comunidad profesional y científica; comprometerse en la promoción defensa y pleno ejercicio de los Derechos Humanos y de los valores de la vida democrática, y asumir una actitud de respeto con el contexto regional, nacional, continental y universal en que se desenvuelve la vida humana.” (Ordenanza 04/96, Anexo II). Es oportuno considerar que la articulación de los contenidos de la asignatura en la formación general del psicólogo, ha sido también tematizada en el “Protocolo de Acuerdo: Recomendaciones acerca de la Formación Universitaria en Psicología en Argentina y Uruguay”, que elaborara en 1999, el “Programa de Formación de Especialistas en Innovación Curricular en Psicología” de la Asociación de Unidades Académicas de Psicología (AUAPsi), integrado por representantes de todas las carreras de psicología de universidades públicas del país y del Uruguay. En dicho documento, se planteaba la necesidad de que la currícula de la carrera de Psicología se propusiera el desarrollo de “capacidades ético-axio-deontológicas”, entendiendo por ellas, “competencias relativas a la dimensión ética–axiológica-deontológica implicada en la producción, transmisión, transferencia y aplicación del conocimiento, especialmente con relación a los valores y responsabilidades involucrados en el ejercicio científico y profesional del psicólogo.” [AUAPsi - Programa de Formación de Especialistas en Innovación Curricular (1999). “Protocolo de Acuerdo: Recomendaciones acerca de la Formación Universitaria en Psicología en Argentina y Uruguay”. Buenos Aires: Mimeo] En virtud de ello, el programa procurará brindar una serie de elementos que hacen esencialmente a la racionalidad propia de la ética, a la vez que desarrollar herramientas indispensables para el desempeño profesional y científico del psicólogo. Desde esta perspectiva, el conocimiento de las diversas disposiciones referidas al campo de los Derechos Humanos, de los acuerdos principales de organismos internacionales del campo de la bioética y de la psiquiatría, los cuales constituyen normas de referencia para el profesional de la psicología, como así también de lo establecido por los códigos de ética nacionales y protocolos de acuerdo internacionales en el campo de la psicología, todo ello, entonces, constituye un conocimiento imprescindible en la formación universitaria de un psicólogo responsable. De esa manera, la asignatura se fundamenta tanto en consideraciones curriculares, filosóficas, éticas y jurídicas, como en aquellas específicas del campo de la psicología.
V - Objetivos
- Reflexionar sobre la relación existente entre ética, moral y derecho positivo.- Relacionar los problemas de la ética en general con la deontologia profesional, especialmente con la deontología de la psicología.- Reconocer la complejidad de actuar de forma coherente y comprometida con los valores fundamentales de convivencia en el marco del respeto por la dignidad humana.- Fundamentar y desarrollar la problemática de los derechos humanos desde el punto de vista de la deontología de la psicología, como ciencia y como profesión.- Conocer y analizar las incumbencias profesionales de la psicología, sus áreas de aplicación y su diverso alcance institucional. - Conocer y analizar las incumbencias profesionales de la psicología. Diferenciar las diversas áreas de aplicación de la psicología. - Analizar las principales normas internacionales que regulan el ejercicio profesional de la psicología y comprender los fundamentos de las mismas.- Analizar las principales normas nacionales que regulan el ejercicio profesional de la psicología y comprender los fundamentos de las mismas.- Conocer los diversos ámbitos institucionales de regulación del ejercicio de la praxis en psicología a nivel nacional, regional e internacional.- Reflexionar acerca de la importancia de la práctica responsable, su relación con la formación de grado y de postgrado, y con el acceso a la matriculación profesional. - Determinar la especificidad de dichas normas en los diversos campos de la práctica del psicólogo/a. Analizar las situaciones éticas dilemáticas que pueden plantearse en cada uno estos campos. - Distinguir los diversos tipos de organizaciones de las cuales participan los psicólogos: académicas, científicas y gremiales-profesionales.- Determinar la relación existente entre el campo de la deontología profesional y los Tribunales de Ética de los Colegios Profesionales. - Reconocer el impacto de la bioética y los más novedosos desarrollos de la psicoética en el ejercicio de la psicología
VI - Contenidos
I. PRIMERA PARTE: CONCEPTOS INTRODUCTORIOS A LA ÉTICA Y A LA DEONTOLOGÍA Unidad 1. Desarrollo histórico y conceptos generales. Moral y ética. Moral monista impuesta y moral cívica compartida. Moral y ética de máximos y de mínimos: su relación con la moral de las profesionales. Heteronomía y autonomía.. Unidad 2. Ética y deontología: el campo de la psicologíaLa psicología como ciencia y como profesión. El surgimiento de las carreras de psicología a nivel nacional e internacional. La creciente profesionalización de la psicología y el desarrollo de la deontología profesional. La globalización y la ética profesional. II. SEGUNDA PARTE: TIPOS DE ORGANIZACIÓN INSTITUCIONAL DE LA COMUNIDAD PSICOLÓGICA Unidad 3. Instituciones de asociación voluntaria. Asociaciones voluntarias y obligatorias en el campo de la psicología. Estado, individuo y sociedad. Asociaciones de primero, segundo y tercer grado en el campo de la psicología. Forma jurídica, objetivos y alcances de las asociaciones profesionales de afiliación voluntaria. - Instituciones científicas en el campo de la psicología o campos íntimamente relacionados. - Instituciones académicas en el campo de la psicología. - Instituciones profesionales en el campo de la psicología. Diversos alcances jurisdiccionales de las tres tipos de instituciones: local, provincial, nacional, regional e internacional. Unidad 4. Instituciones de asociación obligatoria o coercitiva.Colegios o Consejos profesionales creados por una ley del Estado: forma jurídica, objetivos y alcances. Habilitación y matrícula profesional, el rol del Estado. Establecimiento del Código de Etica. Tribunales de Ética o Disciplina: forma jurídica, objetivos y alcances. Diversos alcances jurisdiccionales de los Códigos Deontológicos y sus consecuencias. Situaciones ético-dilemáticas del ejercicio profesional.III. TERCERA PARTE: REGULACIÓN Y CONTROL DEL EJERCICIO DE LA PSICOLOGÍA Unidad 5. El/la psicólogo/a como ciudadano/a. Los Derechos Humanos.Relación entre derechos y obligaciones. La importancia de los Derechos Humanos en la práctica profesional. Declaraciones específicas de las diversas generaciones de derechos humanos. Su importancia en los códigos deontologícos de la psicología. Unidad 6. El/la psicólogo/a en el ejercicio de su profesión. 1- Incumbencias y leyes del ejercicio profesional nacionales.Resolución 2447/85: Incumbencias del título de Licenciado/a en Psicología o Psicólogo/a. Alcances jurídicos. Antecedentes y situación actual. Relación entre incumbencia de título y formación universitaria adquirida. Leyes del ejercicio profesional en Argentina. Relación entre Incumbencia, leyes del ejercicio profesional nacional y provincial, y regulaciones deontológicas profesionales según la circunscripción. Legislación internacional del ejercicio de la psicología. Ley del ejercicio Profesional en San Luis.Unidad 7. El/la psicólogo/a en el ejercicio de su profesión (continuación). 2- Códigos de Ética nacionales y extranjeros. Códigos de ética nacionales: alcances y aspectos fundamentales. El/la profesional psicólogo/a como profesional, como docente y como investigador/a. La relación con los pares y con la comunidad. La necesidad de una formación continua. Consentimiento informado.Alcances y límites del secreto profesional. Preservación de registros. Ejercicio profesional con menores, y con sujetos con capacidades diferentes. Problemas éticos actuales en la construcción de los Códigos Deontológicos de psicología. Principales regulaciones deontológicas a nivel nacional e internacional.:Unidad 8. Otras regulaciones de referencia para el ejercicio profesional de la psicología: el/la psicólogo/a en tanto profesional de la salud. El campo de la bioética.Principios bioéticos: beneficencia (y no-maleficiencia), autonomía y justicia. La importancia del Tribunal de Nurenberg, y las regulaciones internacionales: Código de Nuremberg, Declaración de Tokyo-Helsinki e Informe Belmont. Normas de la Asociación Médica Mundial y de la Asociación Mundial de Psiquiatras. La investigación con seres humanos.


VII - Plan de Trabajos Prácticos
Los desarrollos teóricos de los contenidos serán complementados por el espacio de trabajos prácticos en los cuales se propiciará el análisis reflexivo y crítico de cada uno de los textos propuestos, en clara articulación con lo desarrollado el las clases teóricas. Si bien la producción de los alumnos será evaluada en forma individual, la misma apuntará a favorecer el debate grupal de modo que se contribuya a la reflexión y análisis por parte del conjunto del alumnado.- Kant, I.(2000). Crítica de la razón práctica. Madrid: Alianza Editorial. Primera Parte, Libro Primero, Capítulo Primero. (Original publicado en 1788).- Vilanova, A. (2000) La formación académica del psicólogo en el mundo y en el país. En O. Calo & A. M. Hermosilla (Eds.), Psicología, Ética y Profesión: aportes deontológicos para la integración de los psicólogos del Mercosur, pp. 107-118. Mar del Plata: Universidad Nacional de Mar del Plata.- Calo, O (2000). Ética y deontología en la formación del psicólogo argentino. Fundamentos en Humanidades, I (2), 7-12.- Klappenbach, H. (1998). Formas organizativas de la psicología en la Argentina. Notas histórica y situación actual. Idea, 25, 137-158. - Ferrero, A (2002). Importancia de los derechos humanos en los códigos deontológicos de psicología en la Argentina. Revista Argentina de Psicología, 45, 33-41. - Organización de las Naciones Unidas (1948/1994). Declaración Universal de Derechos Humanos. En Nación Argentina, Constitución de la Nación Argentina (pp. 31-33). (2ª ed.) Bs. As.: Documentos Página 12. - Organización de Estados Americanos (1948/1994). Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre. En Nación Argentina, Constitución de la Nación Argentina (pp. 34-37) (2ª ed.). Bs. As.: Documentos Página 12. - Klappenbach, H. (2000). El título profesional del psicólogo en Argentina. Antecedentes históricos y situación actual. Revista Latinoamericana de Psicología, 32, (3), 419-446.- Viar, J. P.(2002). Algunas cuestiones jurídico-legales relativas al ejercicio profesional de la psicología. Revista Argentina de Psicología, 45, 99-118. - Ferrero, A. (2000). La deontología profesional en la praxis psicológica argentina. La crisis social y el esoterismo. Revista del Colegio de psicólogos de San Juan, 2 (2), 76-81. - Nación Argentina. Ministerio de Educación y Justicia de la Nación (1985). Resolución Nº 2447/85. Buenos Aires: Mimeo.- Provincia de San Luis (1983). Ley Provincial del Ejercicio Profesional del Psicólogo en San Luis. San Luis: Autor. - Ferrero, A (2000). La ética en psicología y su relación con los derechos humanos. Fundamentos en Humanidades, I (2), 21-42.- Calo, O (2002). La interacción del profesional con los códigos de ética. Revista Argentina de Psicología¸(45), 25-36.- Hermosilla, A. M. & Di Doménico, C. (2000). Normativa deontológicas en psicoterapia. En O. Calo & A. M. Hermosilla (Eds.), Psicología, Ética y Profesión: aportes deontológicos para la integración de los psicólogos del Mercosur, pp. 37-46. Mar del Plata: Universidad Nacional de Mar del Plata.- Calo, O. (2000). La investigación científica en los códigos deontológicos de los psicólogos argentinos. En O. Calo & A. M. Hermosilla (Eds.), Psicología, Ética y Profesión: aportes deontológicos para la integración de los psicólogos del Mercosur, pp. 87-104. Mar del Plata: Universidad Nacional de Mar del Plata.- Hermosilla, A. M. (2000). Psicología y Mercosur: la dimensión ética de la integración y antecedentes del debate en Argentina. Fundamentos en Humanidades, 1, 2, 63-76.- Comité Coordinador de Psicólogos del Mercosur y Países Asociados (1997). Protocolo de acuerdo marco de principios éticos para el ejercicio profesional de los psicólogos en el Mercosur y Países Asociados. En Conselho Federal de Psicologia, A psicologia no Mercosul (pp. 11-14). Brasilia: Autor.- Federación de Psicólogos de la República Argentina (1999). Código de Ética de la Federación de Psicólogos de la República Argentina. Mar del Plata: Autor. - Colegio de Psicólogos de San Luis (s/f). Código de Etica Profesional. San Luis: Autor.- Colegio de Psicólogos de la Provincia de Buenos Aires (2000). Código de Ética y Reglamento de avisos, anuncios y propagandas. La Plata: Autor. - Asociación de Estudio e Investigación en Psicodiagnóstico (ADEIP) (1999). Código de Ética del psicodiagnosticador. Rosario: Autor.- International Test Commission (2000). International Guide for Test Use. Mimeo [Hay versión castellana]- Colegio Oficial de Psicólogos de España (1987). Código Deontológico del Psicólogo. Madrid: Autor.- Tribunal Internacional de Nurenberg (1946). Código de Nüremberg. AutorEn, G. Vidal, R. Alarcón & F. Lolas Stepke (Eds.). Enciclopedia Iberoamericana de Psiquiatría, tomo I. Micropedia. Bs. As., Editorial Médica Panamericana. 1995. Sección Datos y documentos, pp. 781-782.- Asociación Médica Mundial (1975/1995). The Declaration of Tokyo – Helsinki II Recommendations guiding medical physicians in biomedical research involving human subjects. [Hay traducción al castellano: Declaración de Tokyo-Helsisnki II. En, G. Vidal, R. Alarcón & F. Lolas Stepke (Eds.). Enciclopedia Iberoamericana de Psiquiatría, tomo I. Micropedia. Bs. As., Editorial Médica Panamericana. Sección Datos y documentos, pág. 786-787].- Asociación Mundial de Psiquiatras (1996) Declaración de Madrid. Autor.- National Health Institute of USA. Reporte Belmont. Autor. - Consejo de Organizaciones Internacionales de las Ciencias Médica (CIOMS) & Organización Mundial de la Salud (OMS) (1993). Pautas Eticas Internacionales para la Investigación y Experimentación Biomédica en Seres Humanos. Santiago de Chile: Instituto Chileno de Medicina Reproductiva (ICMER)
VIII - Regimen de Aprobación
1) Dos evaluaciones parciales (un Trabajo Práctico y en Examen Parcial escrito) sobre las temáticas de teórico y los textos de prácticos. Cada una de estas evaluaciones parciales recibirá una clasificación de 1 a 10 puntos, y tendrá su instancia recuperatoria, acorde a las reglamentaciones vigentes. El resultado de estas evaluaciones será promediado constituyendo la nota de Prácticos.2) Si el promedio es inferior a 4 (cuatro) puntos, el/la alumno/a quedará Libre. Si el promedio se ubica entre los 4 (cuatro) y menos de 7 (siete) puntos, quedará Regular. Sólo si se han obtenido calificaciones iguales o superiores a 7 (siete) o más en todas y cada una de las evaluaciones parciales, y por lo tanto un promedio igual o superior a 7 (siete) puntos, se podrá acceder a Promoción de la materia, a través de una Evaluación final de integración de contenidos teóricos y prácticos, hacia el final del cuatrimestre.. Dicha Evaluación final de Integración recibirá una clasificación de 1 a 10 puntos y también contará con una instancia recuperatoria, acorde a las reglamentaciones vigentes. Para poder promocionar la asignatura es necesario obtener 7 (siete) puntos o más en dicha evaluación, de lo contrario, se conservará el carácter de Regular, pudiéndose presentar a rendir el examen en forma oral en las mesas correspondientes. Régimen de promoción. Para alcanzar la promoción se requiere:- Asistencia a clase no inferior al 80 %. - Clasificación de 7 (siete) puntos o más en todas y cada una de las instancias de evaluación, tanto las parciales como la de Integración final. El promedio final surgirá de la nota final de Prácticos (Nota final de Trabajo Práctico más Nota final de Parcial) más la nota final del Examen de Integración. Se remarca el hecho de que si el promedio final es de 7 (siete) o más, pero dicho promedio es el resultado de algún nota inferior a 7 (siete), la materia no se considerará aprobada por promoción. Regularidad o aprobación de la cursada, es decir, la habilitación para rendir examen final en condición de alumno/a regular, en los turnos correspondientes, se obtiene con los siguientes requisitos:- Asistencia a clase no inferior al 80 %. - Clasificación igual o mayor a cuatro (4) y menor que siete (7) puntos en el promedio final, como promedio de las evaluaciones parciales. - Se considerarán alumnos/as libres, aquellos/as que no hayan satisfecho las exigencias fijadas para la obtención de la regularidad de la materia. Podrán rendir examen final, en condición de alumnos/as libres, acorde a la reglamentación vigente.
IX - Bibliografía Básica
[1] IX - BIBLIOGRAFÍA BÁSICAUnidad 1- Valls, R. (2003) Ética para la bioética. Y a ratos para la política. Capítulo I: La experiencia histórica de lo ético. Capítulo III: Lo que no podemos perder. Capítulo IV: Lo que hay que hacer. Barcelona: Gedisa Editorial.- Ferrero, A. (2003) Consecuencias sociales y psicológicas de la globalización económica en Argentina. Una mirada desde la ética profesional. Educación, Salud y Trabajo. Revista Iberoamericana, 4, pp 253-264. Unidad 2:- Vilanova, A. (2000) La formación académica del psicólogo en el mundo y en el país. En O. Calo & A. M. Hermosilla (Eds.), Psicología, Ética y Profesión: aportes deontológicos para la integración de los psicólogos del Mercosur (pp. 107-118). Mar del Plata: Universidad Nacional de Mar del Plata.- Calo, O (2000). Ética y deontología en la formación del psicólogo argentino. Fundamentos en Humanidades, pp 7-12.Unidad 3 y 4:- Klappenbach, H. (1998). Formas organizativas de la psicología en la Argentina. Notas histórica y situación actual. Idea, 25, 137-158. Unidad 5:- Organización de las Naciones Unidas (1948/1994). Declaración Universal de Derechos Humanos. En Nación Argentina, Constitución de la Nación Argentina (pp. 31-33). (2ª ed.) Bs. As.: Documentos Página 12. - Organización de Estados Americanos (1948/1994). Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre: Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de san José de Costa Rica). En Nación Argentina, Constitución de la Nación Argentina (pp. 34-37) (2ª ed.). Bs. As.: Documentos Página 12. - Ferrero, A. (2000). “La ética en psicología y su relación con los derechos humanos”. Fundamentos en humanidades, 2 (2), 21-42. - Ferrero, A (2002). Importancia de los derechos humanos en los códigos deontológicos de psicología en la Argentina. Revista Argentina de Psicología, (45), 33-41. Unidad 6- Klappenbach, H. (2000). El título profesional del psicólogo en Argentina. Antecedentes históricos y situación actual. Revista Latinoamericana de Psicología, 32, 3, 419-446.- Viar, J. P.(2002). Algunas cuestiones jurídico-legales relativas al ejercicio profesional de la psicología. Revista Argentina de Psicología, (45), pp 99-118. - Hermosilla, A. M. (2000). Psicología y Mercosur: la dimensión ética de la integración y antecedentes del debate en Argentina. Fundamentos en Humanidades, 1, 2, 63-76.- Federación de Psicólogos de la República Argentina (FePRA). Resolucion Nro. 12/03. Autor.- Nación Argentina. Ministerio de Educación y Justicia de la Nación (1985). Resolución Nº 2447/85. Buenos Aires: Mimeo.- Ley Provincial del Ejercicio Profesional del Psicólogo en San Luis. Ley Nro. 4511/83. Unidad 7 - Calo, O (2002). La interacción del profesional con los códigos de ética. Revista Argentina de Psicología¸(45), 25-36.- Hermosilla, A. M. & Di Doménico, C. (2000). Normativa deontológicas en psicoterapia. En O. Calo & A. M. Hermosilla (Eds.), Psicología, Ética y Profesión: aportes deontológicos para la integración de los psicólogos del Mercosur (pp. 37-46). Mar del Plata: Universidad Nacional de Mar del Plata.- Federación de Psicólogos de la República Argentina (1998). Código de Ética de la Federación de Psicólogos de la República Argentina. Mar del Plata: Autor. - Comité Coordinador de Psicólogos del Mercosur y Países Asociados (1997). Protocolo de acuerdo marco de principios éticos para el ejercicio profesional de los psicólogos en el Mercosur y Países Asociados. En Conselho Federal de Psicologia, A psicologia no Mercosul (pp. 11-14). Brasilia: Autor.- Colegio de Psicólogos de San Luis (s/f). Código de Etica Profesional. San Luis: Autor.- Colegio de Psicólogos de la Provincia de Buenos Aires (2000). Código de Etica y Reglamento de avisos, anuncios y propagandas. La Plata: Autor.- Colegio Oficial de Psicólogos de España (1987). Código Deontológico del Psicólogo. Madrid: Autor.- American Psychological Association (2002). Ethical Principles of Psychologists and Code of Conduct. Washington: Author. - Federación Europea de Asociaciones de Psicólogos (2002) Metacódigo de Ética de la Federación Europea de Psicología (EFPA). Versión del Colegio Oficial de Psicólogos de España.Unidad 8 - Mainetti, J. A. (2000). Compedio bioético. II Parte, Capítulo II: Paradigma disciplinario. - Asociación Mundial de Psiquiatras (1990) Declaración de Caracas. Autor- Asociación Mundial de Psiquiatras (1996) Declaración de Madrid. Autor.- Asociación Psiquiátrica de América Latina (1999) Declaración de Margarita. Autor.- Tribunal Internacional de Nurenberg (1946). Código de Nüremberg. Autor- Asociación Médica Mundial (1964/2000). Declaración de Tokyo - Helsinki II. Recomendaciones para la investigación biomédica para la investigación con seres humanos. Autor.- National Health Institute of USA. Informe Belmont. Autor. - Consejo de Organizaciones Internacionales de las Ciencias Médica (CIOMS) & Organización Mundial de la Salud (OMS) (1993). Pautas Eticas Internacionales para la Investigación y Experimentación Biomédica en Seres Humanos. Santiago de Chile: Instituto Chileno de Medicina Reproductiva (ICMER)
X - Bibliografia Complementaria
[1] Alonso, Modesto (1994). Los psicólogos en la República Argentina. Datos cuantitativos. Acta Psiquiátrica y Psicológica de América Latina, 40 (1), 50-55.Alonso, Modesto (1999). Psicología en Argentina. En, M. Alonso & A. Eagly (Eds.). Psicología en las Américas (pp. 25-45). Caracas: Sociedad Interamericana de Psicología. American Psychological Association (1953). Ethical standards of psychologists. Washington, D.C: Author.American Psychological Association (1981a). Specialty guidelines for the delivery of services by clinical psychologists. American Psychologist, 36 (6), 640-651.American Psychological Association (1981b). Specialty guidelines for the delivery of services by counseling psychologist. American Psychologist, 36 (6), 652-663.American Psychological Association (1981c). Specialty guidelines for the delivery of services by industrial/organizational psychologists. American Psychologist, 36 (6), 664-669.American Psychological Association (1981d). 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The Nazi Doctors and the Nurenberg Code: Relevance for Modern Research. Medicine and War, 6, 120-123.Aranguren, José Luis (1986). Etica. Madrid: Alianza.Ardila, Rubén (1979). La psicología en la Argentina: pasado, presente y futuro. Revista Latinoamericana de Psicología, 11 (1), 77-91.Ardila, Rubén (1986). La psicología en América Latina. Pasado, presente y futuro. México-Madrid-Bs.As.-Bogotá: Siglo XXI.Asociación de Psicólogos de Buenos Aires (1994). Código de Etica. Buenos Aires: Autor.Asociación Mundial de Psiquiatras (1977). Declaración de Hawai. Implicancias Éticas específicas de la psiquiatría. En, G. Vidal, R. Alarcón & F. Lolas Stepke (Eds.). Enciclopedia Iberoamericana de Psiquiatría, tomo I. Micropedia. Bs. As., Editorial Médica Panamericana. 1995. Sección Datos y documentos, pág. 788-789.Association des Enseignants de Psychologie des Universités, Association Nationale des Organisations de Psychologues & Société Française de Psychologie (1996). 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XI - Resumen de Objetivos
- Relacionar los problemas de la ética en general con la deontologia profesional en psicología.- Reflexionar sobre el rol del/la psicólogo/a como promotor/a y defensor/a de los derechos humanos.- Fundamentar y desarrollar la problemática de los derechos humanos desde el punto de vista de la deontología de la profesión de psicólogo/a.- Distinguir las principales normas internacionales que regulan el ejercicio profesional y científico de la psicología- Distinguir las principales normas nacionales que regulan el ejercicio profesional y científico de la psicología.- Fomentar la racionalidad como punto de partida de cualquier cuestionamiento ético.- Reflexionar a cerca de las características de lo verdaderamente humano y la importancia de ejercer una autonomía responsable.- Reconocer la complejidad de actuar de forma coherente y comprometida con los valores fundamentales de convivencia en el marco del respeto por la dignidad humana.- Fomentar la capacidad crítica para la consideración de los problemas éticos, en general, y de la profesión de psicólogo/a, en particular.
XII - Resumen del Programa
En relación con la ubicación de la asignatura en el Plan de estudios, la misma está concebida dentro de la currícula del/la psícologo/a, en el año inmediatamente anterior a las materias directamente vinculadas con el ejercicio profesional. En tal sentido, es una asignatura que debe brindar los conocimientos que posibiliten:c) Una mirada crítica y reflexiva sobre la condición de psicólogo/a, necesariamente asentada sobre una escala axiológica subjetiva que determina decisiones y acciones que atañen a otros sujetos, y que por lo tanto, requieren de la responsabilidad subjetiva para la acción en el mundo (objetividad/universalidad).d) Un desenvolvimiento, ya en el curso de las materias más propiamente aplicadas, de aquellas normativas básicas que regulan el ejercicio profesional de la psicología;En la primera parte del programa, entonces, se procurará brindar una serie elementos básicos que hacen esencialmente a la racionalidad propia de la ética a la vez que desarrollar algunas herramientas indispensables para el desempeño profesional y científico del psicólogo. En tal sentido, el conocimiento de las disposiciones de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, como así también de lo establecido por los códigos de ética nacionales y protocolos de acuerdo internacionales en el campo de la psicología, todo ello, entonces, constituye un conocimiento imprescindible en la formación universitaria de un psicólogo responsable. También se consideran los acuerdos principales de organismos internacionales del campo de la medicina y de la psiquiatría acerca del cuidado y respeto hacia las personas en el curso de tratamientos médicos, en cierto punto extendibles al psicólogo/a.En la segunda parte, hemos recortado de entre todos los temas posibles, dos que consideramos especialmente importantes para el psicólogo en nuestra actual coyuntura socio-política: en primer lugar abordamos la cuestión de la ciencia y la ética, relaciones, convergencias y divergencias (en la que incluimos la psicología en cuanto saber básico y aplicado, la la psicología en tanto saber psicotecnológico y a la psicología como saber psicotecnológico); y la ética del psicoanálisis. En tal sentido, la asignatura se fundamenta tanto en consideraciones curriculares, filosóficas, éticas y jurídicas, como en aquellas específicas al recorte disciplinar de la psicología.
XIII - Imprevistos
Hasta el momento no se preven